En Villa Dominguez siguen hoy adelante proyectos comenzados en 2007

Emprendimiento Textil.Firma de conveniosAño 2007
En Villa Dominguez…………….

Firma de los convenios con responsables de grupos asociados y Caminos Esperanza en la entrega de materiales y maquinaria

La Asociación Civil Caminos Esperanza que trabaja con multiples microemprendimientos en Entre Ríos se puso en marcha uno nuevo en Villa Dominguez-Departamento Villaguay
y con este son tres en esa localidad.
Uno de cría de aves
una cervecería artesanal
Un emprendimiento textil

Gracias a todos los que colaboran para que estos proyectos ,que ya suman más de 20, sean una realidad y especialmente gracias a Desarrollo Social de la Nación por comprender la tarea y acompañar permanentemente a la Asociación, que en conjunto con otras organizaciones de la provincia y con entes gubernamentales que ayudan con asesoramiento técnico se llevan adelante.

Gracias

Gracias en nombre de todos los hombres y mujeres que con esto se sienten dignos frente a sus hijos y sus comunidades logrando con su esfuerzo y trabajo salir adelante,sintiéndose parte de esta reconstrucción que los incluye.

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Trabajo infantil-Normativas

Que normativas nos permiten intervenir frente al trabajo infantil?Los niños a la escuela y a jugar,
Constitución Nacional.Convención sobre los derechos del niño.
Ley n° 26.061.
Ley 24.650.
Ley 25255.
Ley de contrato de trabajo 20.744.
Pacto federal del trabajo N°25212.Estatutos,normas especificas y convenios colectivos.
Declaración Sociolaboral del MERCOSUR.
Declaración presidencial sobre erradicación del trabajo infantil en el MERCOSUR.

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Buenas Noticias.Nueva Campaña contra el trabajo infantil. En Entre Ríos y Santa Fé una nueva etapa de trabajo en escuelas,iglesias,clubes,espacios públicos,fiestas populares,con voluntarios para distribuir material y trabajar en talleres

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Vamos a cuidar a los niños,es responsabilidad de todos hacer respetar sus derechos

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Los niños e internet tenga en cuenta estos consejos entre todos podemos ayudarlos

Vamos a ayudarlosLas 12 claves para controlar y cuidar el acceso de los niños a internet
Las especialistas sugieren que los padres vigilen las conversaciones por chat y le hagan saber a sus hijos que no tienen que dar información personal. Conozca otros consejos de los expertos

(AP) – Recomendaciones que ofrecen los expertos para mantener a los niños seguros en la internet:

Vigile:

* Mantenga la computadora en un cuarto común para que los padres puedan vigilar lo que ocurre en la internet.

* Esté alerta si los niños reciben regalos o cartas en el correo, o llamadas telefónicas inusuales.

* Mantenga a los niños fuera de las salas de diálogo (”chat rooms”) o vigile sus conversaciones. Sepa con quiénes habla.

* Vea las páginas personales que los niños crean en línea. Revise qué información y fotografías incluye. Algunos desalientan que se incluya información de identificación personal.

* Cada tanto dé un vistazo a la pantalla de la computadora.

* Revise los archivos electrónicos en la computadora. Si las computadoras son un poco intimidatorias, pida ayuda a alguna persona amiga, familiar o compañera de trabajo.

Hable:

* Haga saber a los niños que no deben dar información personal como números de teléfonos o direcciones.

* Explique que alguna gente puede hacerse pasar por quien no es. Algunos adultos se hacen pasar por niños.

* Estimule a los niños a conversar sobre sus sitios favoritos en la internet y que hablen sobre lo que ocurre en línea, incluyendo la gente que conocen.

Limite:

* Los niños no deben pasar demasiado tiempo en la internet, especialmente tarde por la noche.

* Establezca límites de tiempo en la internet y restrinja la mayor parte del uso de las computadoras a propósitos específicos, como las tareas escolares.

* Considere instalar programas que vigilan la navegación por internet.

Cristina Amelia Albeabuenisima por favor padres distribuyamos…aportemos…nuestros hijos valen la pena

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Grande Mafalda ya estás sentadita en la esquina de la casa que vivías con tu papá

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Como está este mundo

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4/07/2009
Fuente : Revista “Ñ” Clarin. com

Unicef premia a Quino por su labor a favor de la infancia
El dibujante argentino, creador del personaje de Mafalda, fue distinguido “por dar a su obra un contenido humanista y relacionado con los derechos humanos, específicamente de los más débiles y de la infancia”.
El ilustrador argentino Joaquín Lavado, conocido mundialmente como Quino y creador del clásico personaje infantil de Mafalda, ha sido distinguido por el Comité Español de Unicef por su labor a favor de la infancia.

Los Premios Unicef-Comité Español, que se entregarán el 13 de noviembre en Madrid, se conceden anualmente en once categorías nacionales e internacionales con la finalidad de reconocer el trabajo de personas e instituciones que colaboran de manera significativa en la defensa de los derechos de los niños.

En ese sentido, la rama española del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) reconoce a Quino “por dar a su obra un contenido humanista y relacionado con los derechos humanos, específicamente de los más débiles y de la infancia”, informó hoy la organización en un comunicado.

También recuerda que en 1979 el artista gráfico, destacado con el premio “Cultura a favor de la infancia”, donó ilustraciones de Mafalda y sus amigos para una publicación de Unicef sobre los derechos del niño.

También ha sido reconocido, con el Premio “Los Niños Primero”, el Centro Salesiano Don Bosco de la República Democrática del Congo por haber acogido, cuidado y alimentado a 26.000 niños en medio de la guerra, las violaciones y la miseria que sufre ese país.

El Premio a la trayectoria personal ha recaído en el fundador y codirector del Centro de Investigación de Salud de Manhiça (Mozambique) e investigador de la vacuna contra la malaria, el español Pedro Alonso, por su lucha e investigación permanente contra las enfermedades relacionadas con la pobreza.

Entre los galardonados en la edición de 2009, también ha sido premiado el futbolista Fréderic Oumar Kanouté por su concepción del deporte “como vía de transmisión de valores por la lucha contra la pobreza y por la infancia”.

En el ámbito del Voluntariado, ha resultado premiada Pastoral da Criança, Pastoral del Niño de Brasil por las “dimensiones extraordinarias de su red de solidaridad”, en la que 270.000 personas combaten la desnutrición y la mortalidad infantil.

En el apartado de salud ha sido distinguida la ONG española Apotecaris Solidaris por diez años consecutivos de trabajo a favor del progreso sostenible, ayudando a mejorar la vida de millones de niños a través de un programa a favor de la infancia en Cuba.

Fuente: EFE

LA GENIA DEL GENIO

El 29 de Setiembre de 1964 apareció por primera vez una tira de Mafalda. Su autor, Joaquín Salvador Lavado, Quino, no sospechaba entonces que las reflexiones puestas en boca de este personaje serían traducidas a 26 idiomas y que sus libros venderían, sólo en el país, 20 millones de ejemplares. Pasaron 30 años desde aquella historieta inicial y 20 desde que Quino la dibujó por última vez. Sin embargo, sigue tan vigente como entonces. Los diez únicos libros de la serie continuan reimprimiéndose una y otra vez en todo el mundo. En esta nota Quino, un mendocino de 62 años, habla sobre mafalda y el significado que tuvo en su carrera. También opinan lectores de aquella y esta generación, y sus colegas de Clarín le dedican un homenaje.

Recopilar los datos y buscar información para esta breve historia de Mafalda, me ha resultado un tarea muy placentera. Es probable que muchos de ustedes conozcan la historia de Mafalda y el porque de su creación. Para aquellos que no la conozcan muy bien, es una interesante recopilación de datos y fechas sobre Mafalda y sus amigos.
Según su autobiografía, Mafalda nace, en la vida real el 15 de marzo de 1962. Este dato lo obtenemos, gracias a una carta que Mafalda “envía” a el director de el semanario Siete Días Ilustrados, revista que publicó las últimas tiras de Mafalda. Generalmente, la fecha de la primera aparición de Mafalda es la más preguntada. Esa fecha fue el 29 de septiembre de 1964, cuando aparece después de muchas idas y venidas en la revista “Primera Plana”.
La idea de crear a Mafalda nació con una campaña publicitaria que le encargaron hacer a Quino. Lo que le pidieron era hacer una historieta que acompañaría la campaña publicitaria de una marca de electrodomésticos. Había dos condiciones en la creación de esa historieta. La primera era que los nombre de todos los personajes tendrían que empezar con “M”, ya que el nombre de la marca era Mansfield. La segunda era que en los cuadritos deberían aparecer electrodomesticos. El nombre de la marca no aparecería, pero con los nombre que empezarán con M y los electrodomésticos, se crearía una especie de mensaje subliminal. Quino entonces creó doce muestras para esta campaña, llamando al personaje principal Mafalda. El nombre se le ocurrió, luego de ver una película argentina, llamada “Dar la Cara” en donde aparecía un personaje con ese nombre. A Quino le pareció alegre y original, y fundamentalmente empezaba con “m”.Sin embargo, cuando se le ofrecieron las historietas a los diarios, estos no los aceptaron, ya que se dieron cuenta del truco publicitario que estas escondían.
La amistad que unía a Quino y a Julián Delgado, jefe de redacción de la revista Primera Plana hicieron posible que la historieta se publicase en dicho semanario. Todo empezó con entregas semanales, pero el éxito que alcanzó lo obligaron a producir una por día. En las primeras tiras aparec-a solo Mafalda y sus padres, para luego el 19 de enero de 1965 debuta Felipe en las tiras. En marzo del ‘65 Mafalda se cambia de publicación y comienza a aparecer en el diario El Mundo. Es aquí donde tiene éxito y comienza a aparecer diariamente. Ese mismo marzo, el 29, debuta en las tiras Manolito Goreiro. Otro personaje que aparece es Susana Clotilde Chirusi (el nombre de Susanita no es seguro. La encontré como Susana Clotilde y también como Susana Beatriz). Con ella se suman los chismes a la tira, el 6 de junio de 1965. En este diario permaneció hasta el 22 de diciembre de 1967, día en que el diario cierra. Justo por esos días era inminente el nacimiento de Guille.
Siete Días Ilustrados fue el siguiente destino de la tira. En dicho semanario Quino tenía una página de humor. Es el 2 de junio de 1968 cuando aparece por primera vez, con Guille ya nacido. Otros personajes famosos son Miguelito y Libertad, a los cuales conoce en sus veraneos. Esta última parece recién en febrero de 1970. Una constante de Quino fue la de tener una “relación” o un contacto personal con la tira. Es por esto que nunca quiso apoyarse en un grupo o equipo de guionistas para que lo ayuden, como si hacían otros humoristas de la época. Tan requerida es la fecha de inicio como la del fin de Mafalda. Es el 25 de junio de 1973 cuando Mafalda se despide de sus lectores. Sin embargo, Quino siguió elaborando afiches con Mafalda como protagonista. Por ejemplo, a pedido de UNICEF, realizó un afiche con la Declaración de los Derechos del Niño. Mafalda también apareció en campañas, por ejemplo de higiene bucal y llegó a tener sus propio estampilla. Se tradujo a idiomas como el italiano y fue famosa en España.

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Niños

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CLICK EN LA IMAGEN PARA LEER MEJOR –

“La SUMA de estos DERECHOS DEL NIÑO forma

el DERECHO INTEGRAL: DERECHO A LA VIDA.

De su RECONOCIMIENTO y OBSERVANCIA

DEPENDE la G R A N D E Z A de los pueblos.

En la SALUD , la ALEGRIA, la FORMACION SIN

TRABAS de los niños, para la CULTURA, para el

TRABAJO, para la LIBERTAD y la

COOPERACION reposan los valores del destino

del hombre en una etapa nueva de la Historia -

( CONVOCO a que VOS, YO, NOSOTROS REALICEMOS HECHOS CONCRETOS para proteger nuestros niños argentinos – nacer en Argentina es una bendición, no un CRIMEN por el cual muchos niños MUEREN DE HAMBRE HOY en nuestra tierra…
____________________________

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO”

TUS DERECHOS
Convención Sobre los Derechos del Niño
(Versión del G.C.B.A. adaptada no oficial)

Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989
Art. 1 Definición del niño
La Convención se aplica a todas las personas menores de 18 años de edad.

Art. 2 La no discriminación
Todos los niños y niñas tienen todos los derechos recogidos en la Convención: no importa de dónde seas, ni tu sexo o color de piel, ni qué lengua hables, ni la situación económica de tu familia, ni tus creencias o las de tus padres, ni que padezcas alguna minusvalía.

Art. 3 El interés superior del niño
Cuando las autoridades, o las personas adultas, adopten decisiones que tengan que ver contigo deberán hacer aquello que sea mejor para tu desarrollo y bienestar.

Art. 4 Aplicación de los derechos
Los gobiernos (y las autoridades regionales y locales) deben hacer que se cumplan todos los derechos recogidos en la Convención. Deben ayudar a tu familia a garantizar tus derechos y también deben colaborar con otros países para que se cumplan en todo el mundo.

Art. 5 Dirección y orientación de los padres y madres
Las autoridades deben respetar a tus padres y a todas las personas que sean responsables de tu educación. Tu familia tiene la responsabilidad de ayudarte a ejercitar tus derechos.

Art.6 La supervivencia y el desarrollo
Todos los niños y niñas tienen derecho a la vida. Los gobiernos deben hacer todo lo posible para asegurar tu supervivencia y desarrollo.

Art.7 Nombre y nacionalidad
Cuando naces tienes derecho a ser inscripto en un registro y a recibir un nombre y una nacionalidad, a conocer a tus padres y a ser cuidado por ellos.

Art.8 Identidad
Las autoridades tienen la obligación de proteger tu identidad, nombre, nacionalidad y relaciones familiares.

Art.9 Separación de los padres
Ningún niño o niña debe ser separado de sus padres, a menos que sea por su propio bien. En el caso de que tu padre y tu madre estén separados tienes derecho a mantener contacto con ambos fácilmente.

Art.10 Reunión de la familia
Si, por cualquier circunstancia, vives en un país y tus padres en otro, tienes derecho a entrar en el país en que estén tus padres y reunirte con ellos, o a que tus padres se reúnan contigo.

Art.11 Traslados y retenciones ilícitas
Las autoridades deben evitar que seas trasladado de forma ilegal a otro país o que seas retenido ilegalmente.

Art.12 La opinión de niños, niñas, y jóvenes
Tienes derecho a opinar y a que esa opinión, de acuerdo con tu edad y madurez, sea tenida en cuenta cuando las personas adultas vayan a tomar una decisión que te afecte.

Art.13 Libertad de expresión
Tienes derecho a expresar libremente tus opiniones, a recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que no vayan en contra de los derechos de otras personas.

Art.14 Libertad de pensamiento, conciencia y religión
Las autoridades deben respetar tu derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Tus padres podrán aconsejarte sobre lo que es mejor.

Art.15 Libertad de asociación
Puedes asociarte libremente, crear asociaciones y reunirte pacíficamente con otros chicos y chicas, siempre que estas actividades no vayan en contra de los derechos de otras personas.

Art.16 Protección de la intimidad y la vida privada
Tienes derecho a una vida privada propia, a que se respete la vida privada de tu familia y a la intimidad de vuestro domicilio, a que no te abran la correspondencia y a que nadie ataque tu buena imagen.

Art.17 Acceso a una información adecuada
Tienes derecho a recibir información a través de los libros, los periódicos, la radio, la televisión, Internet, en especial la información que sea importante para tu bienestar y desarrollo. Las personas adultas cuidarán de que esta información sea adecuada.

Art.18 Las responsabilidades de los padres
Tu padre y tu madre son los responsables de tu educación y desarrollo, y deben actuar pensando en tu interés. Las autoridades ayudarán a los padres en estas tareas apoyándolos cuando sea necesario.

Art.19 Protección contra el abuso y los malos tratos
Las autoridades deberán protegerte de los malos tratos, los abusos y la violencia, también de los que provengan de tus padres o responsables legales.

Art.20 Protección de los niños privados de su familia
Tienes derecho a una protección y ayuda especiales en el caso de que no tengas padres o que éstos no estén contigo. Esta ayuda tendrá en cuenta tu origen cultural o étnico.

Art.21 Adopción
En caso de adopción siempre se debe tener en cuenta, por encima de todo, el bien estar del niño o la niña.

Art.22 Los niños refugiados
Los niños, niñas y jóvenes refugiados (que hayan sido obligados a abandonar su país por una guerra u otra circunstancia) serán objeto de protección especial. Las autoridades deberán colaborar con las organizaciones que los ayudan y protegen.

Art.23 Los niños y niñas con discapacidades
Si sufres alguna discapacidad física o mental, tienes derecho a cuidados y atenciones especiales que garanticen tu educación y capacitación con el fin de ayudarte a que disfrutes de una vida plena.

Art.24 La salud y los servicios sanitarios
Tienes derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud (que incluye agua potable, una buena higiene y alimentación) y a recibir atención médica cuando estés enfermo. Los gobiernos deberán cooperar con los gobiernos de otros países para que este derecho sea una realidad en todo el mundo.

Art.25 Revisión de las condiciones de internamiento
Sí estás internado o internada en un establecimiento para protegerte o para curarte una enfermedad física o mental, se debe revisar periódicamente tu situación para comprobar que el internamiento sea apropiado y no se prolongue más de la cuenta.

Art.26 La seguridad social
Tú y tu familia tenéis derecho a beneficios de las ayudas del gobierno y la seguridad social cuando vuestros recursos sean escasos.

Art.27 El nivel de vida
Tienes derecho a un nivel de vida adecuado para tu desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Tus padres son los responsables de que tengas lo necesario para vivir de una forma digna (en especial vivienda, nutrición y vestido). Si ellos no pueden proporcionártelo las autoridades deben ayudarlos.

Art.28 La educación
Tienes derecho a la educación. La educación primaria debe ser obligatoria y gratuita, y debes tener facilidades para poder tener educación secundaria o ir a la universidad. Los gobiernos de los países deben colaborar para que esto sea una realidad en todo el mundo. Los castigos en la escuela no deben ser humillantes ni indignos.

Art.29 Los objetivos de la educación
La educación deberá estar encaminada a desarrollar tu personalidad, aptitudes y capacidades mentales y físicas hasta el máximo de tus posibilidades. La misma debe prepararte para ser una persona respetuosa con otras personas, responsable, pacífica y respetuosa con el medio ambiente, en una sociedad libre.

Art.30 Los niños y niñas de comunidades minoritarias e indígenas
Si perteneces a una minoría étnica o religiosa, se debe respetar tu derecho a vivir según tu cultura, a practicar tu religión y hablar tu propia lengua.

Art.31 El ocio y las actividades recreativas y culturales
Tienes derecho al juego, al descanso y a las actividades recreativas y culturales.

Art.32 El trabajo infantil
Tienes derecho a estar protegido contra los trabajos peligrosos para tu salud o que te impidan ir a la escuela. No puedes trabajar hasta cumplir una edad mínima y si lo haces, se deben cumplir unas condiciones apropiadas en los horarios y condiciones de trabajo.

lotación sexual
Las autoridades deben protegerte de la explotación y los abusos sexuales, incluidas la prostitución y la participación en espectáculos o materiales pornográficos.

Art.35 La venta y el secuestro de niños
Los gobiernos deben tomar todas las medidas que sean necesarias para impedir la venta, la trata y el secuestro de niños y niñas.

Art.36 Otras formas de explotación
Tienes derecho a estar protegido contra las demás formas de explotación que sean perjudiciales para tu bienestar.

Art.37 La tortura y la privación de la libertad.
No seréis sometidos a torturas ni a otros tratos o penas crueles. Si has cometido un delito no se te impondrá la pena de muerte ni la de prisión perpetua. Si eres juzgado y considerado culpable sólo deberás ser internado en un establecimiento como último recurso, y sólo el tiempo mínimo para cumplir tu castigo. Nunca deberás estar en las mismas prisiones que las personas adultas y tendrás derecho a mantener contacto con tu familia.

Art.38 Niños y niñas en conflictos armados
En tiempos de guerra no podrás ser reclutado como soldado ni participar en los combates. Los niños y niñas tenéis derecho a una protección especial en caso de conflicto.

Art.39 Recuperación y reinserción social
Si has sufrido malos tratos, explotación, abandono o has estado en una guerra, tienes derecho a que se ocupen de ti para recuperarte física, social y psicológicamente.

Art. 40 La aplicación de la justicia a menores
Tienes derecho a defenderte con todas las garantías cuando te acusen de haber cometido un delito. Los jueces y abogados deberán ser especialmente cuidados cuando juzguen personas de menos de 18 años, y las leyes deben establecer una edad mínima antes de la cual no pueden ser juzgados como si fuesen personas adultas.

Art.41 La ley más favorable
Si hay leyes distintas a la Convención que se puedan aplicar en algún caso que te afecte, siempre se aplicará la que sea más favorable para ti.

Art.42 Difusión de la Convención
Tienes derecho a conocer los derechos contenidos en esta Convención. Los gobiernos tienen el deber de difundirla entre niños, niñas, jóvenes y personas adultas.

NOTA: los artículos 43 a 54 explican cómo los gobiernos y organizaciones internacionales como UNICEF deben colaborar para que se cumplan los anteriores derechos. En ellos no se reflejan más derechos, por eso no aparecen en esta versión resumida.

Fuente: UNICEF

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